Chile anuncia instalación de dos plantas de Sinovac para producción de vacunas

Chile, 04 de agosto de 2021. Con una inversión de $60 millones  se anuncia la instalación de dos plantas para la fabricación e investigación de vacunas del laboratorio chino Sinovac, que produce la inyección contra el coronavirus Coronavac, las plantas se instalaran una en Santiago de «rellenado» de vacunas, y  otra en la ciudad de Antofagasta, de investigación y desarrollo.

https://www.france24.com/es/minuto-a-minuto/20210804-chile-anuncia-instalaci%C3%B3n-de-dos-plantas-de-sinovac-para-producci%C3%B3n-de-vacunas?ref=wa

Revista Salud y Fármacos  publica estudio sobre precios de medicamentos en Perú

Por Akemy Bustamante

Salud y Fármacos presentó la nueva edición del Boletín Fármacos: Economía, Acceso y Precios, volumen 28, número 4 (noviembre 2025), publicación que reúne investigaciones recientes sobre acceso, regulación, producción y precios de medicamentos en diversos países. Esta edición ofrece una mirada actualizada a los desafíos que persisten en torno al acceso equitativo a medicamentos esenciales y a las dinámicas del mercado farmacéutico, con análisis que abarcan desde los procesos de transferencia tecnológica durante la pandemia hasta el comportamiento de los precios en mercados privados.


La esencia del boletín se centra en un conjunto de estudios que evidencian desigualdades como en la distribución global de vacunas, la implementación de políticas que promueven el uso de genéricos y biosimilares o los precios que enfrentan los pacientes en el mercado minorista. Todo ello refuerza la necesidad de avanzar en transparencia, fortalecer las políticas de acceso y consolidar marcos regulatorios que garanticen medicamentos asequibles y disponibles para toda la población.


Dentro de esta edición, destacamos el artículo “Precios de los productos de marca y genéricos de ciprofloxacino y azitromicina en farmacias y boticas privadas en Perú, 2024-2025”, elaborado por Tiana Valeria Quevedo Pintado, Javier Llamoza Jacinto y Roberto López Linares, de Acción Internacional para la Salud. El estudio analiza los precios de esos medicamentos en el mercado peruano y revela que los genéricos que usan un nombre comercial predominan en la oferta privada, con precios que suelen ser considerablemente más altos que los genéricos en DCI. Asimismo, se observa una importante dispersión de precios, con diferencias que pueden llegar a ser hasta seis veces mayores en el caso del ciprofloxacino y más del doble para la azitromicina.


El artículo también evidencia variaciones regionales significativas. En zonas con mayores índices de pobreza, como Cajamarca y Loreto, los precios tienden a superar el promedio nacional, lo que incrementa las barreras de acceso para las poblaciones más vulnerables. De igual forma, en la región amazónica se registran los precios más altos tanto para genéricos DCI como para genéricos que usan una marca comercial, lo que confirma una desigualdad territorial que afecta la asequibilidad de estos medicamentos.


Este análisis demuestra que, pese a tratarse de medicamentos esenciales, su adquisición en el mercado privado resulta financieramente oneroso para amplios sectores de la población. El sistema público de salud debe garantizar su disponibilidad permanente y no exponer al ciudadano al gasto de bolsillo que profundiza la pobreza.
Medicina de la UCLA.

Disponible en: Boletín Fármacos – Volumen 28, Número 4, noviembre 2025.

Genérico facilitaría el acceso a tratamiento de fibrosis quística

Por Javier Llamoza

El lanzamiento internacional de un genérico asequible abre una ventana para ampliar la población que recibiría tratamiento para fibrosis quística. Una licencia obligatoria es la llave para hacerlo.

Beximco Pharmaceuticals, compañía líder de Bangladesh, anunció el lanzamiento mundial de Triko® en 2026, la primera versión genérica de la terapia triple para la fibrosis quística. Esta terapia es originalmente comercializada como Trikafta® de la compañía Vertex Pharmaceuticals a un costo anual cercano a 370,000 dólares por paciente en los Estados Unidos. La nueva versión genérica costará 6,375 dólares por niño y 12,750 dólares por adulto al año. Este cambio representa una reducción superior al 90 % del costo actual.

En diciembre de 2024, el gobierno peruano realizó una compra inicial de Trikafta® para un grupo de pacientes, a un precio estimado de S/ 823,032 por paciente al año. Actualmente, más de 100 personas con fibrosis quística se encuentran afiliadas al SIS y EsSalud. Es evidente que el costo actual del tratamiento es financieramente insostenible, teniendo como objetivo la cobertura universal.

Organizaciones de pacientes y sociedad civil, como Acción Internacional para la Salud (AIS), han llamado la atención sobre la necesidad de mecanismos que permitan reducir los precios y ampliar el acceso. La propia legislación peruana permite declarar de «interés público» un medicamento y emitir una licencia obligatoria. La solicitud para declarar de interés público la triple terapia para fibrosis quística, enviada el 02 de septiembre del presente año, no ha sido respondida hasta la fecha por el Ministerio de Salud.

La llegada de un nuevo medicamento genérico cambia por completo el escenario. De optar por una licencia obligatoria, el Perú podría importar Triko y otras alternativas equivalentes, generando una competencia real y reduciendo drásticamente los precios. Países de la región ya han utilizado este mecanismo para otros medicamentos de alto costo, demostrando ser efectivo para garantizar el acceso a terapias vitales.

Esta medida no solo haría sostenible el tratamiento para todos los pacientes con fibrosis quística, sino que permitiría liberar recursos para fortalecer servicios, diagnóstico oportuno y seguimiento clínico, mejorando así el cuidado integral de esta condición.

El lanzamiento de Triko no es solo un anuncio internacional. Es una oportunidad para salvar vidas en el Perú. Apostar por una licencia obligatoria y abrir las puertas a versiones genéricas seguras y eficaces permitiría cerrar brechas, garantizar equidad y cumplir con el mandato constitucional de proteger el derecho a la salud.

El país se encuentra ante una decisión que podría marcar un antes y un después en el tratamiento de enfermedades raras. La evidencia, la oportunidad y la urgencia están sobre la mesa. 

Referencias:

  1. Beximco Pharma Introduces Affordable Generic for Breakthrough Cystic Fibrosis Treatment. https://thestatement24.com/beximco-pharma-introduces-affordable-generic-for-breakthrough-cystic-fibrosis-treatment/#google_vignette
  2. MINSA continúa comprando Tricafta® a precio de monopolio. https://aisperu.org.pe/6500-2/
  3. Licencia obligatoria para el tratamiento de la fibrosis quística: un paso urgente hacia el acceso universal. https://aisperu.org.pe/licencia-obligatoria-para-el-tratamiento-de-la-fibrosisquistica-un-paso-urgente-hacia-el-acceso-universal/

MINSA debe cumplir inmediatamente entrega gratuita de medicamentos para VIH

Por Akemy Bustamante

El 1° Juzgado Constitucional Transitorio de Lima emitió la Resolución N.º 1, de fecha 6 de noviembre de 2025, en el Expediente 10790-2024-26-1801-JR-DC-02, para resolver el pedido presentado por la parte demandante respecto a la actuación inmediata de la sentencia emitida previamente en la Resolución N.º 7 del 20 de agosto de 2025. En dicha sentencia previa se había declarado fundada la demanda de acción de cumplimiento y se había ordenado al Ministerio de Salud cumplir con la Resolución Ministerial 1024-2020/MINSA, que aprueba la Norma Técnica de Salud para la atención integral de personas adultas con VIH, lo que incluye garantizar el abastecimiento y la entrega gratuita de los medicamentos antirretrovirales de primera línea (Tenofovir + Lamivudina + Dolutegravir) a nivel nacional. 

La jueza a cargo evaluó el pedido de actuación inmediata conforme al Nuevo Código Procesal Constitucional, que permite ejecutar una sentencia de primera instancia aun cuando exista apelación, siempre que no se genere irreversibilidad y que la medida sea proporcional. También aplicó los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional en el Expediente 00607-2009-PA/TC. El Juzgado concluyó que la orden de abastecer y entregar medicamentos no genera una situación irreversible, pues constituye una obligación vigente del propio Ministerio de Salud. 

Respecto a la proporcionalidad, el Juzgado determinó que cualquier carga administrativa o presupuestaria para el Ministerio es menor frente al daño grave y potencialmente irreversible para la salud y la vida de las personas con VIH si su tratamiento se interrumpe. La resolución recoge las orientaciones de la Organización Mundial de la Salud, que advierten que incluso interrupciones breves del tratamiento antirretroviral debilitan progresivamente el sistema inmunológico y pueden generar avance de la enfermedad. Se concluye que la actuación inmediata es necesaria y adecuada para proteger derechos fundamentales. 

Como resultado, el Juzgado declaró fundado el pedido de actuación inmediata y ordenó al Ministerio de Salud cumplir la sentencia en un plazo de diez días, bajo apercibimiento de aplicar las medidas coercitivas previstas en el artículo 27 del Nuevo Código Procesal Constitucional en caso de incumplimiento. Asimismo, dispuso notificar a la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional y a CENARES, señalando que las autoridades responsables podrían enfrentar responsabilidad penal si no ejecutan lo ordenado. Con esta decisión, el mandato judicial debe cumplirse de inmediato sin esperar la resolución de la apelación.

Referencias: 

  1. Expediente judicial: Resolución N.º 1, 1° Juzgado Constitucional Transitorio de Lima, Expediente 10790-2024-26-1801-JR-DC-02, 06/11/2025. 
  2. Organización Mundial de la Salud (OMS). Orientaciones para gestionar interrupciones en el tratamiento antirretroviral causadas por disrupciones en los servicios relacionados con el VIH, escasez de medicamentos o desabastecimiento. https://www.who.int/es/news-room/questions-and-answers/item/guidance-on-handling-interruptions-in-antiretroviral-treatment-due-to-hiv-service-disruptions–drug-shortages–or-stockouts

EE.UU. presiona a países africanos para entregar patógenos a cambio de ayuda médica

Varios países africanos han reafirmado su posición a favor de que la información sobre patógenos con potencial pandémico se comparta exclusivamente a través del sistema global que actualmente se negocia en la Organización Mundial de la Salud (OMS). Sin embargo, al mismo tiempo, sus gobiernos están siendo presionados por Estados Unidos para firmar Memorandos de Entendimiento (MOU) bilaterales para intercambiar datos y muestras biológicas por ayuda sanitaria.

“Visualizamos un sistema PABS que asegure que todos los materiales y la información de secuencias genéticas pasen exclusivamente por el sistema de la OMS”, señaló Zimbabwe en nombre de 50 Estados africanos ante el Grupo de Trabajo Intergubernamental (IGWG), encargado de negociar el mecanismo de Acceso y Distribución de Beneficios por Patógenos (PABS). Este sistema, una vez acordado, formará parte del Acuerdo Pandémico de la OMS y buscará garantizar un intercambio seguro y transparente de información, además de asegurar que los países que comparten patógenos reciban beneficios como vacunas, pruebas de diagnósticos y tratamientos resultantes.

No obstante, según reportó Health Policy Watch, el gobierno estadounidense está negociando simultáneamente MOUs con varios países africanos para asegurar el acceso a información y muestras de “patógenos con potencial epidémico” a cambio de apoyo para programas de VIH, tuberculosis y malaria. Para muchos gobiernos, rechazar estas condiciones es casi imposible, pues enfrentan un aumento de muertes y enfermedades sin los recursos necesarios para adquirir medicamentos esenciales, mosquiteros y otros insumos básicos. El panorama se agrava por la reducción de apoyo financiero como la disminución de fondos para el PEPFAR y la de otros grandes donantes que podría provocar millones de nuevas infecciones por VIH y muertes asociadas entre 2025 y 2030, según un estudio publicado en The Lancet.

Los MOUs se enmarcan en la estrategia “America First Global Health Strategy”, centrada en mantener a Estados Unidos “seguro, fuerte y próspero”. Pero líderes y expertos en salud pública advierten que dispersar la información de patógenos a través de múltiples acuerdos bilaterales, en lugar de un sistema centralizado bajo la OMS, podría lentificar la respuesta global ante futuras pandemias y debilitar los principios de solidaridad y equidad que sustentan el enfoque multilateral. El Dr. Michel Kazatchkine, del Panel Independiente para la Preparación y Respuesta ante Pandemias, alertó que estos acuerdos “socavan el sistema multilateral”, otorgan la  “predominancia comercial de un solo país” y representan riesgos para la seguridad de datos y la soberanía nacional.

La crítica también alcanza el fondo de los acuerdos. Expertas como Nina Schwalbe califican los borradores de MOUs como “abuso de poder” y señalan que EE.UU. ofrece solo “un poco de ayuda por pocos años”, mientras obtiene acceso a muestras físicas y datos genéticos durante 25 años sin ningún compromiso de devolver beneficios en forma de medicamentos, pruebas de diagnósticos o vacunas. La OMS, por su parte, indicó que no ha recibido información oficial sobre estos MOUs, pero reafirmó que los Estados miembros están trabajando activamente en el desarrollo del sistema PABS como parte del Acuerdo Pandémico ya adoptado. El director general, Dr. Tedros Adhanom Ghebreyesus, insistió en que la “solidaridad es nuestra mejor inmunidad” y que un compromiso con el multilateralismo es esencial para proteger a la humanidad.

Referencia:
Health Policy Watch. African countries affirm support for multilateral pandemic agreement while under pressure to make bilateral deals with US. 2025 [cited 2025 Nov 17]. Available from: https://healthpolicy-watch.news/african-countries-affirm-support-for-multilateral-pandemic-agreement-while-under-pressure-to-make-bilateral-deals-with-us/

Pueblos de América Latina y el Caribe comprometidos con la soberanía sanitaria

La III Cumbre Social de los Pueblos de América Latina y el Caribe, realizada los días 8 y 9 de noviembre en Santa Marta, Colombia, en el marco de la IV Cumbre CELAC–UE, reunió a organizaciones y movimientos para reflexionar sobre los principales desafíos regionales y aportar desde la sociedad civil a una agenda común de integración, justicia social y soberanía. Entre las organizaciones que participaron en la mesa dedicada a “Salud, soberanía sanitaria y abordaje integral ante el problema de las drogas” estuvieron el Movimiento por la Salud de los Pueblos (PHM, por sus siglas en inglés), Global Humanitarian Progress Corporation (GHP), Misión Salud, Acción Internacional para la Salud y diversas redes enfocadas en la defensa del derecho a la salud y en la necesidad de fortalecer las capacidades sanitarias de la región.

Las organizaciones arribaron a una visión compartida: la salud es un derecho humano que debe estar por encima de cualquier interés comercial, y su garantía implica avanzar hacia una verdadera autonomía farmacéutica regional, que reduzca la dependencia de importaciones y actores transnacionales que limitan el acceso equitativo a tecnologías sanitarias. Destacaron la importancia de estrategias para lograr dicho objetivo: a) los países deben orientar sus capacidades e inversiones hacia la innovación de interés público; b) utilizar plenamente las salvaguardas del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC); c) impulsar políticas que aseguren la financiación y producción local de tecnologías estratégicas; d) fortalecer los mecanismos de compras públicas conjuntas; e) promover un fondo regional con participación comunitaria y potencien la cooperación entre países en investigación, producción descentralizada y regulación sanitaria. Esta visión colectiva también contempla la necesidad de avanzar hacia una agencia sanitaria regional que priorice el interés público y garantice la calidad, disponibilidad y accesibilidad de tecnologías esenciales para América Latina y el Caribe.

Este posicionamiento se vincula directamente con el documento político generado por las organizaciones convocadas por el PHM, que plantea que la autonomía farmacéutica regional es una apuesta política por la vida digna, la justicia social, la salud pública y colectiva y la autodeterminación de nuestros pueblos.   

Al final del evento, las organizaciones convocadas realizaron una jornada de articulación para seguir generando propuestas concretas sobre soberanía sanitaria, un trabajo que continúa en desarrollo. Esta sinergia reafirma el compromiso común: construir sistemas de salud más justos, autónomos y centrados en las personas, con la participación activa de la comunidad y el liderazgo de los movimientos sociales de América Latina y el Caribe.

Presupuesto es recortado en 46% y avance de ejecución aparenta ser razonable 

Por Tiana Quevedo

La salud mental y el estrés se han consolidado como la principal preocupación sanitaria de los peruanos, superando por primera vez a enfermedades históricas como el cáncer y la diabetes. Según el reciente Informe de Servicios de Salud de Ipsos 2025, el 44% de la población identifica la salud mental como uno de los mayores problemas, y otro 44% menciona el estrés.

Esta cifra del 44% para el estrés no solo es alta, sino que es la más elevada registrada entre los 30 países de la región estudiados, colocando a Perú como el país donde más se considera que el estrés es un problema, frente a una media global de 31%. Para Salud con Lupa, esta estadística es el retrato de un «país cansado, donde el bienestar emocional se volvió un lujo difícil de sostener,» una realidad exacerbada por la incertidumbre económica, el trabajo inestable, la violencia cotidiana y el miedo a enfermarse sin respaldo.

Esta alarmante percepción ciudadana contrasta fuertemente con la gestión del gasto público. El informe trimestral a octubre del 2025 sobre ejecución presupuestal en medicamentos de Acción Internacional para la Salud (AIS) revela que, a nivel del pliego del Ministerio de Salud (MINSA), la categoría Control y Prevención en Salud Mental aparece con un engañoso porcentaje de ejecución. 

El porcentaje de afectación presupuestal del pliego respectivo pasó del 19.83% a 42.21%, pero como  resultado de la disminución del Presupuesto Institucional Modificado (PIM), el cual pasó de S/ 30,157,741 a S/ 16,261,763. En consecuencia, la tasa de ejecución aparece mucho más alta al estimarse sobre un PIM 46.09% menor.

El mismo arreglo de cifras se aplicó al pliego CENARES (Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud), organismo clave para la adquisición de medicamentos. El porcentaje de ejecución presupuestal en la categoría Control y Prevención en Salud Mental escaló significativamente, pasando del 14% en julio al 42.8% en septiembre. No obstante, esta aparente «mejora» se logró sobre una base presupuestal severamente mermada. El PIM para medicamentos de esta categoría en CENARES cayó de S/ 27,296,934 a finales de agosto a S/ 9,895,857 a finales de septiembre, lo que representa una drástica reducción de aproximadamente el 63.76%.

La “aceleración” en la ejecución financiera solo es consecuencia de la drástica reducción del presupuesto base, y no de una gestión eficiente que responda a la necesidad real de la población.

Referencias:

  1. Ipsos. Informe de Servicios de Salud de Ipsos 2025 [Internet]. Lima: Ipsos Perú; 2025 [citado 3 Nov 2025]. Disponible en: https://www.ipsos.com/es-pe/informe-de-servicios-de-salud-de-ipsos-2025 
  2. Acción Internacional para la Salud. Informe de Ejecución Presupuestal 3er Trimestre 2025 [Internet]. Lima: AIS Perú; 2025 [citado 3 Nov 2025]. Disponible en: https://aisperu.org.pe/wp-content/uploads/2025/10/Informe_EP_3er-trimestre2025.docx.pdf 

En USA, GILEAD no subirá precios de medicamentos para VIH

Por Akemy Bustamante

La farmacéutica Gilead Sciences anunció que no aplicará el incremento previsto a los precios de sus medicamentos para el VIH que son adquiridos por los Programas Estatales de Asistencia a Medicamentos para el Sida (ADAPs) en Estados Unidos durante 2026. La decisión se alcanzó luego de negociaciones con autoridades estatales y de una ola de cuestionamientos públicos por los aumentos proyectados.

El compromiso surge después de que más de 100 organizaciones de la sociedad civil, encabezadas por la AIDS Healthcare Foundation (AHF), enviaran una carta abierta a la empresa en la que rechazaron el plan de subir los precios de varios antirretrovirales. Las agrupaciones advirtieron que una medida de ese tipo podría reducir la capacidad de los programas ADAP para proporcionar tratamientos a personas con menores recursos. También señalaron que las prácticas de Gilead reflejan un patrón corporativo que prioriza las ganancias por encima de la innovación y la salud pública.

De acuerdo con información de STAT News, Gilead había planteado inicialmente los aumentos como parte de un nuevo convenio para su entrada  en vigor en 2026, lo que generó preocupación en los estados ante el posible impacto financiero. Finalmente, la empresa accedió a mantener los precios actuales, decisión que permitirá aliviar temporalmente la presión económica sobre los programas que benefician a más de 100 000 personas con VIH en Estados Unidos.

En paralelo, se mantiene el debate por el costo del nuevo medicamento Yeztugo (lenacapavir), un inyectable de administración semestral aprobado por la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) en junio de este año. Su precio anual de 28,000 dólares ha generado objeciones entre actores del sistema de salud, como CVS Caremark, el principal administrador de beneficios farmacéuticos de Estados Unidos, que ha solicitado a Gilead una reducción para poder incorporarlo a sus listados de cobertura.

Los recientes acontecimientos muestran la tensión persistente entre las farmacéuticas y los programas públicos de salud, así como la presión creciente de la sociedad civil por políticas de precios más justas que garanticen el acceso equitativo a tratamientos para el VIH.

Referencias

  1. AIDS Healthcare Foundation. (2025, 21 de octubre). 100 organizations denounce Gilead on price hikes gutting ADAP. AIDS Healthcare Foundation. https://www.aidshealth.org/2025/10/80-organizations-denounce-gilead-on-price-hikes-gutting-adap/
  2. Silverman, E. (2025a, 21 de octubre). Gilead agrees not to raise prices on HIV medicines for state AIDS drug programs. STAT News. https://www.statnews.com/pharmalot/2025/10/21/gilead-will-not-raise-hiv-drug-prices-state-programs/
  3. Silverman, E. (2025b, 22 de octubre). CVS Caremark tells AIDS activists Gilead needs to lower the price of its new HIV drug to get on formularies. STAT News. https://www.statnews.com/pharmalot/2025/10/22/cvs-caremark-pbm-aids-price-hiv-formularies/

Medicamento retirado en Europa y nunca registrado en USA, sigue en el mercado peruano

El caso del medicamento Esmya® (acetato de ulipristal 5 mg), indicado para el tratamiento de miomas uterinos, es un llamado de atención a la DIGEMID para fortalecer el proceso de registro sanitario, más allá de cumplir la formalidad de la norma vigente. Aunque este producto fue autorizado en Europa hace más de una década, su posterior retiro en 20241 pone en evidencia los riesgos de mantener el registro de un medicamento sin una permanente e independiente evaluación de su seguridad.

La trayectoria de Esmya® en Europa2

La Agencia Europea de Medicamentos (EMA) autorizó Esmya® en 2012 para el tratamiento de ciertos casos de miomas uterinos. En 2016, la autorización pasó a ser de validez ilimitada, reflejando la confianza inicial en su perfil beneficio-riesgo. En 2020, la propia EMA emitió una alerta por casos de lesión hepática grave, recomendando restringir su uso mientras se realizaba una revisión científica3. Posteriormente, el Comité de Seguridad (PRAC) concluyó que no era posible identificar a las pacientes con mayor riesgo ni establecer medidas adecuadas para prevenir los daños hepáticos.

Como consecuencia, la Comisión Europea suspendió su comercialización y, finalmente, el 18 de julio de 2024, retiró la autorización a solicitud de la farmacéutica Gedeon Richter Plc., que alegó motivos “comerciales”4. Esta medida no afecta al uso de ulipristal 30 mg unidosis, empleado como anticonceptivo de emergencia, que mantiene su autorización en Europa bajo otras marcas.

La situación en Estados Unidos

En Estados Unidos, Esmya® nunca fue aprobado para el tratamiento de fibromas uterinos. En 2017, la compañía Allergan Plc solicitó su registro ante la FDA, pero en 2018 la agencia rechazó la solicitud5, citando las mismas preocupaciones de seguridad hepática observadas en Europa.

A la fecha, el único producto con ulipristal autorizado por la FDA es ella® (30 mg), indicado únicamente para anticoncepción de emergencia.

El caso peruano: registro vigente pese al retiro europeo

En el portal de la DIGEMID, no se encuentra el registro original de Esmya®, pero sí consta su reinscripción en 20216 (RS EE0783) y su segunda reinscripción en febrero de 20247, con vigencia hasta 2030. El titular del registro es Gedeon Richter Perú S.A.C., la misma farmacéutica que decidió retirar el producto del mercado europeo.

Según el Observatorio Peruano de Productos Farmacéuticos, Esmya® está disponible en más de 2,400 establecimientos farmacéuticos, lo que evidencia su amplia circulación pese a los antecedentes de inseguridad registrados por la EMA.

Revisado el OPPF el 21/10/2025

Reflexiones y desafíos regulatorios

a) La falsa seguridad del aval internacional “países de alta vigilancia sanitaria”

El hecho de que un medicamento sea aprobado en un país de alta vigilancia no garantiza automáticamente su seguridad ni eficacia sostenida. Esmya® fue autorizado por la EMA tras un proceso de evaluación que dura, en promedio, 210 días solo para la revisión científica, pero años después debió ser retirado. Lo que reafirma que la ciencia es dinámica y los conocimientos se van enriqueciendo y modificando. 

Esto subraya la importancia de que las autoridades nacionales desarrollen una revisión propia y rigurosa, sin quedarse únicamente en la formalidad de un registro.

Recientemente se modificó la Ley 32319 que introduce la figura del “silencio administrativo positivo” para otorgar registro sanitario, en caso la autoridad no se pronuncie en un plazo de 45 días. Así, se pone limite a la evaluación de la evidencia científica disponible. A juicio de expertos y solicitada por el Colegio Médico del Perú, dicha ley debe ser derogada8.

b) Fortalecer la autonomía de DIGEMID

La limitada autonomía y escasez de recursos técnicos y humanos de la autoridad reguladora peruana dificultan evaluaciones exhaustivas. Este caso muestra la necesidad urgente de transformar DIGEMID en una entidad con independencia técnica y recursos suficientes, alineada con estándares internacionales para garantizar decisiones seguras.

c) Farmacovigilancia débil

No existen registros públicos que permitan conocer reportes de eventos adversos asociados al uso de Esmya® en Perú. De existir, no parecen haber sido analizados ni comunicados con la transparencia necesaria para orientar medidas que protejan a los pacientes y, si corresponde, determinar su retiro del mercado. Un sistema nacional de farmacovigilancia sólido y transparente es esencial para identificar los riesgos cuando un medicamento o cualquier otra tecnología sanitaria entra al mercado.

d) Más medicamentos en observación

La revista médica francesa Prescrire publica anualmente una lista de medicamentos de riesgo o sin valor terapéutico añadido que continúan en el mercado europeo. El caso de Esmya® se suma a otros ejemplos que recuerdan la importancia de una evaluación continua y no solo inicial de los productos farmacéuticos.

El caso Esmya® evidencia que una autoridad reguladora cuyas autorizaciones son un simple reflejo de las decisiones en otros países no basta. El Perú necesita una autoridad reguladora autónoma, competente y con capacidad de respuesta, así como un sistema de farmacovigilancia activo y transparente. Solo así se evitará que medicamentos retirados en otras jurisdicciones sigan circulando en nuestro país, exponiendo a las personas a riesgos que se pueden evitar.


  1. Anulación de la autorización https://www.ema.europa.eu/es/documents/product-information/esmya-epar-product-information_es.pdf ↩︎
  2. Overview Visión general https://www.ema.europa.eu/en/medicines/human/EPAR/esmya ↩︎
  3. Article 31 of Directive 2001/83/EC. https://www.ema.europa.eu/en/human-regulatory-overview/post-authorisation/referral-procedures-human-medicines ↩︎
  4. 2024 EMA/347164/2024 EMEA/H/C/002041 https://www.ema.europa.eu/en/documents/public-statement/public-statement-esmya-withdrawal-marketing-authorisation-european-union_en.pdf ↩︎
  5. Allergan Receives Complete Response Letter from the U.S. Food and Drug Administration for Ulipristal Acetate New Drug Application
    https://news.abbvie.com/2018-08-21-Allergan-Receives-Complete-Response-Letter-from-the-U-S-Food-and-Drug-Administration-for-Ulipristal-Acetate-New-Drug-Application ↩︎
  6. RD N°2979 2021/DIGEMID/DPF/EMNDYO/MINSA. https://www.digemid.minsa.gob.pe/Archivos/Resoluciones/DPF/2021/RD_DPF_0002979_2021.pdf ↩︎
  7. RD N°17955 2024/DIGEMID/DPF/EMNDYO/MINSA. https://www.digemid.minsa.gob.pe/Archivos/Resoluciones/DPF/2024/RD_DPF_0017955_2024.pdf ↩︎
  8. Carta N° 4451-SIPMYSP-CMP-2025 ↩︎

MINSA continúa comprando Tricafta® a precio de monopolio

En setiembre de este año, organizaciones de la sociedad civil solicitaron al gobierno peruano declarar de interés público el medicamento compuesto por elexacaftor, ivacaftor y tezacaftor indicado en el tratamiento de la fibrosis quística. De acuerdo con nuestra normatividad nacional, dicha declaración es el requisito esencial para otorgar una licencia obligatoria que promueve la competencia, permitiendo la entrada de productos genéricos. Actualmente, el medicamento se comercializa con el nombre de Trikafta®, con patente hasta el año 2039 y a precios monopólicos, que pone en riesgo la sostenibilidad de los tratamientos.

En Perú, son más de 100 pacientes con la mencionada enfermedad que pertenecen al Seguro Integral de Salud (SIS) y a la seguridad social (ESSALUD). En diciembre de 2024, el MINSA adjudicó por primera vez la compra de 6,0481 tabletas de Trikafta® por un valor de S/816.50 por tableta, lo que equivale a S/823,032 el tratamiento por persona/año. En enero de 2025 se inició el tratamiento de 12 personas por un período de 6 meses, obligando al Ministerio de Salud a realizar nuevas compras para dar continuidad al tratamiento.

El alto precio de este medicamento es una barrera para el acceso a nivel global. En varios países han implementado iniciativas para mejorar el precio y dar tratamiento a más pacientes, como la realizada por Just treatment2 que ha logrado mejorar la negociación de precios a través de acciones de incidencia en Brasil, Sudáfrica, Estonia y Lithuana, entre otros.
La licencia obligatoria es un instrumento contemplado en el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados al Comercio (ADPIC) y permite importar o producir localmente versiones genéricas existiendo patente. El uso de este instrumento es una facultad que tienen los gobiernos para proteger el interés público.

La versión genérica de Trikafta® se produce en Argentina, país que paga aproximadamente S/ 162,000 por paciente/año, lo que equivale a 80% menos del precio pagado en Perú.
Las licencias obligatorias en países de Latinoamérica como Brasil, Ecuador, y recientemente Colombia han tenido resultados exitosos. En 2023, Colombia otorgó la licencia obligatoria para dolutegravir, medicamento usado en el VIH/SIDA, logrando una reducción de 96% del precio, permitiendo tratar a más pacientes, y disminuir la carga financiera sobre las instituciones prestadoras de atención médica.

Compras recientes
En setiembre 2025 el MINSA adquirió 5,376 tabletas a un precio de S/783.93 por tableta. El precio es 4.8% menos de lo pagado en la primera compra.

En agosto 2025 EsSALUD adquirió dos presentaciones diferentes de la combinación elexacaftor, ivacaftor y tezacaftor, adquirida por el MINSA.

En los últimos dos meses se ha comprado Tricafta® por un valor de S/. 23,235,277.18 entre ambas instituciones. Las compras se hicieron al mismo proveedor, con diferencias significativas en el precio teniendo en cuenta las diferentes presentaciones (la presentación de Elexacaftor 100 mg, Tezacaftor 50 mg, Ivacaftor 75 mg, (2 tabletas) e Ivacaftor 150 mg Tableta de EsSalud es cerca del doble de la presentación del MINSA. Sin embargo, el precio es más de tres veces comparado con el MINSA).

Las organizaciones de la sociedad civil esperan una pronta respuesta del MINSA, solicitando tomar en cuenta las lecciones de otros países para obtener precios convenientes, sustentados si es necesario, por las licencias obligatorias.

Referencias:
[1]INTER-PROC-14-2024-CENARES/MINSA-1
[2]https://justtreatment.org/

Trastuzumab en Perú: monopolio perpetuo

Acción Internacional para la Salud (AIS Perú) presenta el informe titulado “Trastuzumab en Perú: monopolio renovado”, en el que analiza la competencia de biosimilares y la reducción en 94 % el precio de trastuzumab intravenoso. Sin embargo, el acceso a este medicamento esencial para el tratamiento del cáncer de mama HER2 positivo vuelve a estar en riesgo.

Actualmente, la empresa Roche tiene el monopolio de la formulación subcutánea de trastuzumab, con patentes hasta el 2030, a pesar de que fueron rechazadas en otros países por carecer de novedad y altura inventiva. El informe advierte que este nuevo escenario podría fortalecer un monopolio y encarecer los tratamientos, afectando susostenibilidad.

AIS Perú enfatiza la necesidad de fortalecer las políticas de competencia y vigilar la rigurosidad con la que se evalúan las solicitudes de patentes para evitar exclusividades injustificadas que restringen el acceso. El caso del trastuzumab es un ejemplo emblemático de cómo las normas y reglamentos permisivos sobre protección de la propiedad intelectual pueden favorecer las estrategias monopólicas y obstaculizar el acceso a tecnologías sanitarias y, consecuentemente, el ejercicio pleno del derecho a la salud.

Lee el artículo completo aquí