Con el objetivo de abaratar los medicamentos en el sector privado el Gobierno Chileno promulgó el 08.01.20 la Ley No. 21.198 que Autoriza la intermediación de medicamentos por parte de CENABAST a almacenes farmacéuticos, farmacias privadas y establecimientos de salud sin fines de lucro. La Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (CENABAST) está facultada ahora a proveer de medicamentos a establecimientos privados trasladando así los ahorros que obtiene debido a los mejores precios que negocia. Un estudio de noviembre pasado estimó que los precios que obtenía CENABAST eran 70% inferiores a los que podían negociar las farmacias privadas. De esta manera el público podrá comprar medicamentos en las farmacias privadas a precios menores de los que estaba pagando.
Una de las disposiciones de la ley chilena establece que en el acto de la venta a la “farmacia, almacén farmacéutico o establecimiento de salud sin fines de lucro”, la CENABAST “determinará el precio máximo de venta al público que estos podrán cobrar respecto del medicamento adquirido mediante el mecanismo establecido”. Además los establecimientos farmacéuticos favorecidos con este mecanismo de abastecimiento, se obligan a mantener un stock mínimo de medicamentos incluidos en los petitorios mínimos que se establecen de acuerdo al Código Sanitario chileno.
La Ley establece una aplicación progresiva en términos de los establecimientos farmacéuticos que podrán hacer uso de este mecanismo de compra. En primer lugar están las “ farmacias o almacenes que sean el único expendio de medicamentos en una determinada localidad … y farmacias independientes que sean calificadas como empresas de menor tamaño conforme a lo dispuesto” en la ley correspondiente; ( dentro de los primeros 90 días de promulgada la ley); siguen las “farmacias pequeñas pertenecientes a cadenas regionales o macrozonales que excedan lo dispuesto en la ley correspondiente (dentro de los doce meses de promulgada la ley) y finalmente establecimientos de salud sin fines de lucro y de farmacias de cadena (hasta dentro de los veinticuatro meses de promulgada la ley) .
La ley 21-198 /08.01.2020
https://www.leychile.cl/Consulta/m/norma_plana?org=&idNorma=1140791&idVersion=2020-01-08
El diario.es Nueva ley chilena permite a ente estatal intermediar en los precios de las farmacias
https://www.eldiario.es/economia/Nueva-chilena-permite-intermediar-farmacias_0_982702595.html
CODIGO SANITARIO CHILE
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=5595
Diario Gestión. Nueva ley chilena permite a ente estatal intermediar en precios de farmacias
https://gestion.pe/mundo/nueva-ley-chilena-permite-a-ente-estatal-intermediar-en-precios-de-farmacias-noticia/