Vacunas y transparencia

 En notas anteriores mostramos  que la declaración de la OMS (mayo2020) sobre la vacuna para la COVID-19 como “bien público mundial”  iba perdiendo posiciones hasta convertirse en una frase vacía, un sueño que países ricos y otros menos ricos no compartían más que en el papel. La carrera individualista de  muchos países para comprar la vacuna para “sus” ciudadanos ha pisoteado una propuesta que propiciaba un cambio de la forma fragmentada con la que se está respondiendo a la epidemia: cada país hace lo que puede y de acuerdo a los recursos con los que cuenta. La COVAX FACILITY, co-liderado por la OMS, GAVI y CEPI también  ha debilitado la mencionada declaración al ofrecer el 50% de sus vacunas al mejor postor, sin consideraciones epidemiológicas y de equidad; sólo guiado por el “quien da más”.  

El Perú está en su carrera particular para conseguir una vacuna “lo más pronto posible”, dejando a un lado las consideraciones de que esta pandemia debe enfrentarse articulando los esfuerzos de todos los países para tener una distribución equitativa, oportuna y de acuerdo a criterios epidemiológicos de todas las herramientas para responder al COVID-19, incluida la vacuna.

Declaraciones oficiales afirman  que alguna vacuna estaría aplicándose en el país en el primer o segundo trimestre del 2021.  ¿Cómo ha llegado el gobierno a determinar esa fecha si todavía los proyectos de vacunas más avanzados son objeto de pruebas clínicas?. Una política de transparencia obliga al gobierno a mostrar  los contratos con empresas farmacéuticas que le permite dar esos plazos. Y no es aceptable la excusa de la confidencialidad. Son dineros públicos los que se están comprometiendo y es la salud de todos los ciudadanos y ciudadanas que está en juego. ¿Qué precios se ha comprometido a pagar el gobierno por cada dosis de vacuna?. El secretismo de estos contratos sólo beneficia a las empresas que imponen precios de manera arbitraria, y para ello lo mejor es que un cliente no se entere de las condiciones que se han acordado con otros. Negocios como siempre.  

¿Qué lugar ocupa el Perú en la fila por la vacuna?. Nadie sabe. El  gobierno debe ser consciente que las empresas con las que ha firmado o está por firmar contratos tienen limitadas capacidades de producción y han comprometido ya mucha de su futura producción a países como Estados Unidos y la Unión Europea, además de Japón y  el Reino Unido,  entre otros. La fila es larga y es iluso pensar que estaremos en los primeros lugares. ¿Cuáles son los plazos de entrega y cantidades de vacuna que se recibirán de acuerdo al contrato o contratos firmados?. Un asunto que debe ser comunicado a la ciudadanía, tomando en cuenta que el gobierno, insistimos, se ha atrevido a dar plazos de inicio de la vacunación.   

Por otro lado, el gobierno no sabe si la vacuna por la que firma  contratos de compra adelantada  será efectiva, probando por ejemplo que el  50%  o más de las personas vacunadas generan anticuerpos contra el SARS-COV2. ¿Los contratos han considerado cláusulas correspondientes al fracaso de la vacuna que todavía está en fase de ensayo clínico?, ¿Cuál es el destino en este caso del pago  adelantado?  ¿O  se está compartiendo el riesgo con las compañías, que significa que los compradores están financiando el desarrollo de la vacuna?. Mucho que explicar.

Recordemos que la vacuna contra el dengue, aprobada en 2016, no ha tenido la efectividad esperada. Se llegó a establecer en 2018 que puede ser  efectiva en personas que han tenido previamente la enfermedad pero en quienes no la tuvieron, incrementaría la ocurrencia de  formas severas. El apresuramiento por aprobar una vacuna puede llevarnos del sueño triunfante a una pesadilla con graves consecuencias para la población. Cautela y decisiones basadas en la ciencia es el camino antes que declaraciones de corte político.

“Lo primero, no hacer daño” es el antiguo principio que debe regir todas las intervenciones médicas.  Es necesario asegurar que la vacuna no produce efectos adversos graves para lo que el gobierno y sus organismos técnicos que aprueban el registro sanitario de tecnologías sanitarias deben acceder a todos los detalles de las pruebas clínicas que se han realizado y las revisiones científicas a las que han sido expuestas, con total apertura de los datos correspondientes. Los contratos de adquisición tienen que estipular las responsabilidades de los productores de la vacuna en relación a las reacciones adversas graves que requieren atención médica o indemnizaciones por muerte o daños irreparables. Los países de la Unión Europea, evalúan compensar a los fabricantes en caso ocurran reacciones adversas serias con el argumento que están apresurando a las compañías farmacéuticas a poner las vacunas al más corto plazo; las empresas farmacéuticas presionan para ser exonerados de responsabilidad. 

Recordemos que la Fase III de un ensayo clínico se hace en algunas decenas de miles de personas, dependiendo del tipo de medicamentos o vacuna. Es el caso de las candidatas a vacuna para el SARS-CoV-2. Es probable que en dichos ensayos no se identifique ninguna reacción adversa moderada o grave, pero cuando se aplica a cientos o miles de millones como ocurrirá con la vacuna anti COVID se abren las posibilidades que aparezcan dichas reacciones que obliguen a tomar decisiones para proteger la integridad de las personas. Esto significa que el gobierno, tanto como las empresas fabricantes deben contar con un sistema de notificación de reacciones adversas rápidamente asequible a todos los lugares de aplicación de la vacuna, tanto en el sistema público y privado de salud. Las vacunas son una de las herramientas de salud más costo-efectivas, y es necesario evitar que las urgencias de la pandemia lleve a la aprobación apresurada de  vacunas que no son seguras y que podrían desacreditar esta importante herramienta.

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