En sesión 129 de la Cámara de Diputados de Chile, por votación mayoritaria, se aprobó la propuesta de resolución Nª 798, en la que se solicita a través de la Presidenta de la República, el Ministerio de la Salud «incorpore y utilice de oficio el mecanismo de las licencias obligatorias que contempla el articulo 51 numeral 2) de la Ley de Propiedad Intelectual, en especial por razones de salud pública y uso de gobierno no comercial para facilitar su adquisición a precios competitivos de medicamentos…». Asimismo, al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, «revise y actualice la reglamentación del referido articulo 51 de la Ley de Propiedad Intelectual». El documento que sustenta la propuesta se basa en el alto precio que se paga por medicamentos y que hace inviable los programas de salud publica, sobre todo para aquellos medicamentos de alto costo. En el Perú aún no se quiere aceptar que el precio es un elemento que gatilla el uso de la licencia obligatoria para atazanavir. Para el MEF y el MINCETUR, el uso de la licencia obligatoria es ilegal y sienta un mal precedente para las inversiones…cosa más extraña. Ministerios del Perú defendiendo los intereses de la gran industria farmacéutica.
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