{"id":4332,"date":"2024-04-06T23:34:04","date_gmt":"2024-04-06T23:34:04","guid":{"rendered":"https:\/\/aisperu.org.pe\/?p=4332"},"modified":"2025-05-26T14:33:35","modified_gmt":"2025-05-26T14:33:35","slug":"genericos-rumbo-equivocado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/aisperu.org.pe\/cms\/genericos-rumbo-equivocado\/","title":{"rendered":"Gen\u00e9ricos: rumbo equivocado"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">Por Roberto L\u00f3pez Linares<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Decreto de urgencia N\u00b0 005-2024, complementado luego con la Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00ba 220-2024\/MINSA sobre la obligatoriedad de las farmacias y boticas a tener un stock de productos gen\u00e9ricos en DCI muestra un gobierno err\u00e1tico que no tiene una idea clara de lo que significa la promoci\u00f3n de dichos medicamentos en nuestro contexto. Ha restituido lo que desde el 2019 se ven\u00eda haciendo, pero en una magnitud y condiciones que ha merecido de expertos y organizaciones de pacientes el calificativo de inaplicable y populista. Incluye m\u00e1s de 400 medicamentos cuyas versiones gen\u00e9ricas en Denominaci\u00f3n Com\u00fan Internacional (DCI) deber\u00edan estar en todas las farmacias y boticas, a condici\u00f3n de que haya el medicamento de marca. Si la farmacia no ofrece la marca, no est\u00e1 obligada a ofrecer un gen\u00e9rico DCI. Una medida pensada m\u00e1s en proteger el negocio de las farmacias y boticas que en favorecer a la poblaci\u00f3n. La lista contiene productos de alto costo, que no se venden regularmente en farmacias o boticas y requieren administraci\u00f3n supervisada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">M\u00e1s all\u00e1 de la impericia que muestra el MINSA debemos recordar que los medicamentos son un componente esencial del pleno ejercicio del derecho a la salud, por lo que es obligaci\u00f3n del Estado, en todos sus niveles, garantizar que est\u00e9n disponibles en los establecimientos del sistema p\u00fablico de salud, donde se debe atender al 70% del 99% de la poblaci\u00f3n que cuenta con seguro de salud seg\u00fan lo afirm\u00f3 la Presidenta Boluarte en las Naciones Unidas (Sept. 2023). El derecho a la salud y, por lo tanto, a los medicamentos, no depende de contextos particulares como un brote epid\u00e9mico o distorsiones clim\u00e1ticas como lo expresa el decreto de marras, sino que es un derecho permanente e inalienable que asiste a hombres y mujeres, sin ninguna discriminaci\u00f3n. El Decreto de Urgencia  005\/2024, s\u00f3lo tiene una vigencia de 4 meses.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lamentablemente los que cuentan con seguro p\u00fablico no tienen acceso f\u00e1cil y oportuno a la atenci\u00f3n en los establecimientos de salud y cuando lo logran se enfrentan al desabastecimiento cr\u00f3nico que los obliga a salir a comprarlos en farmacias o boticas privadas. Un sistema de salud falla cuando mantiene niveles altos de gasto de bolsillo como el caso del Per\u00fa que alcanz\u00f3 el 28 % (ESAN Inteligence-A FIN, 2023). La DIGEMID, report\u00f3 que en 2019 el gasto de bolsillo en salud alcanz\u00f3 la cifra de S\/. 11,296.7 millones, de los cuales el 40% se destin\u00f3 a la compra de medicamentos; m\u00e1s de 4,500 millones de soles al a\u00f1o del bolsillo de los pacientes. Cifra nada despreciable que por las deficiencias del sistema p\u00fablico de salud dinamiza el negocio privado de las medicinas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una medida como los decretos de urgencia sobre la obligatoriedad de vender gen\u00e9ricos en DCI en farmacias y boticas privadas podr\u00eda tener el efecto perverso que el Estado contin\u00fae negligiendo el mandato de asegurar atenci\u00f3n integral a los pacientes incluyendo la provisi\u00f3n de medicamentos y otras tecnolog\u00edas m\u00e9dicas. En general, los medicamentos gen\u00e9ricos en DCI tienen un menor precio que los de marca, por lo que su promoci\u00f3n y uso constituyen una estrategia de contenci\u00f3n del gasto en las instituciones que brindan atenci\u00f3n m\u00e9dica, particularmente las del sector p\u00fablico que adolecen de frecuentes desabastecimientos. Es inaceptable que los pacientes paguen de sus bolsillos lo que el Estado est\u00e1 obligado a suministrarles, secuestrando recursos programados para cubrir otras necesidades b\u00e1sicas. El gasto de bolsillo empobrece a los pacientes y recorta posibilidades de mejorar sus condiciones de vida.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La promoci\u00f3n de medicamentos gen\u00e9ricos debe basarse en una pol\u00edtica que tenga como uno de los objetivos primordiales aumentar su aceptabilidad por los usuarios. Para ello la autoridad reguladora de medicamentos debe asegurar la calidad e intercambiabilidad de los medicamentos \u201cgen\u00e9ricos en DCI\u201d y \u201cgen\u00e9ricos de marca\u201d con el medicamento de referencia, generalmente el medicamento innovador, que tuvo la patente. La obligatoriedad de demostrar intercambiabilidad debe incrementarse gradualmente y no ser postergada como ha venido sucediendo. La poblaci\u00f3n debe ser informada y convencida con argumentos s\u00f3lidos que los \u201cgen\u00e9ricos en DCI\u201d como los \u201cgen\u00e9ricos de marca\u201d son tan efectivos como el medicamento innovador.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La poblaci\u00f3n peruana no debe ser enga\u00f1ada con esta medida del actual gobierno que pretende descargar su responsabilidad del gasto farmac\u00e9utico en los bolsillos de la gente. Es responsabilidad de todos los niveles de gobierno y sus organismos t\u00e9cnicos evaluar el sistema de suministro de medicamentos, para encontrar las causas de los desabastecimientos e incluir mecanismos expeditivos de compra, evaluaci\u00f3n de calidad, distribuci\u00f3n, almacenamiento, etc. para proveer a todo el sistema p\u00fablico de atenci\u00f3n de salud los medicamentos que la poblaci\u00f3n debe recibir de manera oportuna.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Finalmente, una pol\u00edtica de contenci\u00f3n del gasto farmac\u00e9utico con el uso de gen\u00e9ricos, debe revisar las condiciones de patentamiento en el pa\u00eds. Mientras est\u00e1n vigentes, las patentes impiden la entrada de gen\u00e9ricos. Por eso, el gobierno debe tener pautas estrictas para otorgar patentes, ajustadas a los principios internacionalmente aceptados y as\u00ed permitir el ingreso m\u00e1s r\u00e1pido de las versiones gen\u00e9ricas. Adem\u00e1s, se puede facilitar el ingreso de gen\u00e9ricos al mercado utilizando las salvaguardas del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC, 1994) como las \u201clicencias obligatorias\u201d o el \u201cuso gubernamental\u201d de materia patentada. La Declaraci\u00f3n de Doha (2001) ratifica que este acuerdo \u201cpuede y deber\u00e1 ser interpretado y aplicado de una manera que apoye el derecho de los Miembros de la OMC de proteger la salud p\u00fablica y, en particular, de promover el acceso a los medicamentos para todos\u201d. Ruta legitimada por el tratado internacional mencionado, as\u00ed como como por la legislaci\u00f3n andina y nacional vigentes.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Decreto de urgencia N\u00b0 005-2024, complementado luego con la Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00ba 220-2024\/MINSA sobre la obligatoriedad de las farmacias y boticas a tener un stock de productos gen\u00e9ricos en DCI muestra un gobierno err\u00e1tico que no tiene una idea clara de lo que significa la promoci\u00f3n de dichos medicamentos en nuestro contexto. <\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_coblocks_attr":"","_coblocks_dimensions":"","_coblocks_responsive_height":"","_coblocks_accordion_ie_support":"","_eb_attr":"","hide_page_title":"","footnotes":""},"categories":[12],"tags":[],"class_list":["post-4332","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/aisperu.org.pe\/cms\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4332","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/aisperu.org.pe\/cms\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/aisperu.org.pe\/cms\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aisperu.org.pe\/cms\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aisperu.org.pe\/cms\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4332"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/aisperu.org.pe\/cms\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4332\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6187,"href":"https:\/\/aisperu.org.pe\/cms\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4332\/revisions\/6187"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/aisperu.org.pe\/cms\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4332"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/aisperu.org.pe\/cms\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4332"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/aisperu.org.pe\/cms\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4332"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}